miércoles, 27 de enero de 2016

Estudiantes pueden solicitar tutorías, paralelos, pruebas extraordinarias, exceso de horas y unidades de crédito, cambios de sede así como de proyectos

En reunión de trabajo realizada entre el Vicerrectorado Académico, la Secretaría Rectoral, Directores, Secretarios de Apoyo Docente y Coordinadores de Programas Académicos de la Universidad Nacional Experimental “Rafael María Baralt” (Unermb), se acordó que los estudiantes que deseen solicitar pruebas extraordinarias, tutorías, paralelos, exceso de horas y unidades de crédito cambios de sede o proyectos tienen hasta este 19 de febrero para formular su petición.

Tutorías.
El Reglamento de Tutorías Académicas en Planes de Estudio de la Universidad Nacional Experimental “Rafael María Baralt” (Unermb), establece en sus disposiciones generales la definición de Tutorías:

“ARTÍCULO 1: se entiende por Tutoría Académica el proceso de acompañamiento académico, profesional, individualizado  y continuo  del estudiante por parte de profesores tutores, en actividades académicas tales como: pasantías, taller de acción profesional, tesis de grado y postgrado, proyectos de investigación, planes de estudio, servicio comunitario en su primera fase, trabajos de ascenso y orientación a docentes en su fase de preparación”.

Es importante que los unermbistas entiendan que solo pueden solicitar hasta un máximo de dos tutoría por carrera universitaria y podrán optar solo una (1) tutoría por período académico regular y deberá cumplir con los siguientes artículos establecidos en el Reglamento.

“ARTÍCULO 14. Los estudiantes que deseen solicitar las tutorías académicas deben cumplir los siguientes requisitos:
1.         Poseer un promedio mínimo acumulado de notas de diez (10) puntos, para el momento de la solicitud de la tutoría.
2.         La asignatura solicitada por tutoría debe estar contenida en el listado de asignaturas ofrecidas por el Departamento respectivo, conforme a lo establecido en el artículo 5 de este reglamento.

PARÁGRAFO ÚNICO: No procederá la solicitud presentada por el estudiante que habiendo cursado una asignatura bajo esta modalidad de tutoría, la haya reprobado o  retirado más de una vez.

ARTÍCULO 15. Para optar a una tutoría académica, el estudiante deberá consignar su solicitud por escrito ante el Coordinador del Proyecto, durante la segunda semana después de iniciado el Periodo académico, previa formalización de su inscripción, explicando los motivos de su solicitud. El estudiante anexará a su solicitud los siguientes documentos:
1.         Fotocopia de la cedula de identidad
2.         Fotocopia  de  la  Planilla  de  Inscripción  del  semestre  cursante,  donde  se  certifique  la   inscripción de la materia que solicita por tutoría.
3.         Constancia de notas con indicación del promedio acumulado.
4.         Cualquier otro documento que justifique los motivos de su solicitud si fuere el caso.

PARÁGRAFO ÚNICO. El estudiante podrá solicitar hasta un máximo de una (01) tutoría por periodo académico.

Es importante destacar que todas estas solicitudes son canalizadas a través del Secretario de Apoyo Docente respectivo, lo que dará paso al proceso establecido en el artículo 16.

“ARTÍCULO 16.  El Coordinador del Proyecto conocerá la solicitud de tutoría por parte del estudiante solicitante de la misma, quien verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos, además de los reglamentos correspondientes conjuntamente con el Jefe del Departamento. Una vez revisada la solicitud, la remite al Coordinador del Departamento correspondiente, quien en Consejo de Departamento, revisará y aprobará o improbará la tutoría solicitada; o en su defecto, la conocerá y decidirá el Consejo de Programa; el cual refrendará la decisión de la solicitud presentada”.

Paralelos.
Este proceso se realiza cuando el estudiante se encuentra cursando los dos últimos semestres de su carrera universitaria y que por diferentes motivos, no ha cursado dos materias tienen prelación en su plan de estudios y este no permita su prosecución académica y curricular, por lo que formula la solicitud de paralelos a fin de agilizar su proceso académico.

Evaluaciones o Pruebas Extraordinarias.
Es importante que el estudiante conozca que este derecho está establecido en el Reglamento de Evaluaciones Estudiantiles aprobado por el Consejo de Dirección de la Unermb, con vigencia desde el 1ero de septiembre del año 1984.

Para solicitar la Prueba Extraordinaria deberá cumplir con los siguientes artículos establecidos en capítulo III de las técnicas de evaluación del presente Reglamento:

“ARTÍCULO 18. El estudiante que en el transcurso de las dos primeras semanas del semestre, considere que puede demostrar dominio del contenido de una determinada asignatura inscrita, podrá solicitar ante el Coordinador del Programa, una actividad de evaluación extraordinaria a través de la cual se evidencie -que el estudiante alcanza, por lo menos, el SESENTA POR CIENTO (60%) de los objetivos de la misma.

PARÁGRAFO ÚNICO: La actividad de aprobación extraordinaria no es susceptible de aplicación en casos de estudiantes que hayan sido aplazados en alguna oportunidad en la asignatura.

ARTÍCULO 19. Una vez aprobada la asignatura evaluada a través de la prueba extraordinaria, se concederán los créditos asignados a la misma, como si la hubiera cursado, y su promedio ponderado será calculado considerando la calificación obtenida. Asimismo tendrá derecho a inscribirse en otra(s) asignatura(s) respetando el régimen de prelaciones y la carga crediticia sin perjuicio del Artículo 11 del presente Reglamento.

ARTÍCULO 20. Los mecanismos para solicitar, conceder y realizar una actividad de evaluación extraordinaria estarán establecidos en, las Normas y Procedimientos Internes que al efecto serán instituidos por el Subprograma Control de Estudios.”

Unidades de Crédito y Horas Extras.
Es la posibilidad de que el estudiante con un promedio superior a 16 puntos pueda cursar un número de unidades de crédito mayor al establecido en un semestre regular.

En este caso, el estudiante debe regirse por el Reglamento de Evaluación Estudiantil de la Universidad Nacional Experimental “Rafael María Baralt” (Unermb), en su capítulo II, de la enseñanza.

“ARTÍCULO 11. La carga máxima y mínima que puede tener un alumno en cada semestre o año, está en función del plan de estudio de cada especialidad, quedando establecido de la siguiente manera:

a.         Régimen de año, 50 unidades crédito máximo y 30 unidades mínimo.
b.         Régimen por semestre, 25 unidades crédito máximo y 10 mínimo.
c.         Podrán tomarse menos del mínimo exigido, solo en el caso de que a un estudiante le falte ese número de unidades crédito para culminar su carrera durante ese periodo.

PARÁGRAFO ÚNICO: El estudiante podrá tomar una cantidad de unidades  crédito mayor a la establecida en el presente Artículo, siempre y cuando posea un índice académico mayor a dieciséis (16) puntos.  En todo caso este número de unidades crédito no será mayor de treinta (30) y solo podrá autorizarse cuando no exista conflicto de horario”.

Todas las solicitudes
Es importante que para efectuar la solicitud de tutorías, paralelos, pruebas extraordinarias, unidades de crédito y exceso de horas, cambios de sede así como de proyectos, el estudiante está en la obligación de redactar una carta dirigida al Secretario de Apoyo Docente de la sede respectiva con atención al Coordinador del Proyecto Académico al cual pertenece, donde deberá justificar su solicitud; la misma será analizada y evaluada.

También deberá consignar copia de la planilla del último semestre y un corte de notas que puede descargar directamente del Sistema Académico en Línea.


Prensa Secretaría Unermb
27/01/2016